* Por no cumplir con el nombramiento de los consejeros electorales en el tiempo marcado, podrían ser juzgados
* Cualquier ciudadano que se sienta agredido su derecho puede emprender un juicio contra los 35 diputados
Fernando Morales
Acento
Los diputados locales de las fracciones parlamentarias del PRI, PRD y PAN pueden ser sujetos de juicio político en caso de no cumplir en los tiempos establecidos con el nombramiento de los consejeros electorales, reiteró este martes el oficial mayor del Congreso Local, Remedio Cerino Gómez.
“Es un mandato constitucional que evidentemente sería lamentable si no hubiera el nombramiento de los consejeros en el plazo legal, lo que establece la ley es que son sujetos de juicio político en un momento dado”, aseveró.
Por ello dijo que cualquier ciudadano que se sienta inconforme puede promover este tipo de recursos en contra de los 35 legisladores, aunque reconoció que no procedería porque los mismos representantes populares no pueden auto sancionarse.
“Evidentemente los propios diputados no se podrían auto-sancionar pero los juicios políticos proceden en el tiempo del cargo o un año después, entonces si no hubiera un acuerdo para la designación ahí podría haber un problema, cualquier persona puede promover el juicio político”, planteó.
Respecto a este tema, el panista José de la Vega Asmitia, afirmó que el oficial mayor no es la persona indicada para ponerse hablar de lo que deben o no hacer los parlamentarios y en todo caso desde hace un año y ocho meses, debieron haber sido enjuiciados porque no eligieron a los consejeros en el tiempo establecido, que fue el 27 de febrero de 2007.
El oficial Remedio Cerino recordó que la entrada en vigor de la reforma a la Constitución Política del Estado, ocurrió desde el pasado sábado cuando finalmente se publicó en el Periódico Oficial del Estado.
“Entro en vigor el domingo, ellos tienen lunes y martes” para cumplir con el nombramiento de los cuatro consejeros propietarios y cuatro suplentes, dijo el oficial mayor del Poder Legislativo.
Así mismo afirmó que prácticamente los legisladores están contra reloj para cumplir con lo que ellos mismo establecieron en el artículo tercero transitorio, que señala: “para los efectos establecidos en el apartado C, fracción I, inciso B del artículo 9 de esta Constitución y a fin de integrar totalmente el Consejo Estatal, en un plazo no mayor de tres días naturales contados a partir de la publicación del presente decreto en el Periódico Oficial del Estado el Congreso Local procederá a elegir a los cuatro consejeros electorales”.